¿Cómo se ‘expulsa’ a la familia de unos detenidos en Las Lajitas?

  • Un grupo de indignados de la localidad de Las Lajitas, con la invalorable ayuda de un diario de la ciudad de Salta, reclama por la aplicación de la pena de destierro a unas personas que ellos consideran indeseables.
  • Castigos penales de otros siglos

El destierro; es decir, la pena que un Estado puede imponer a una persona que ha cometido un delito o una fechoría y que consiste en su expulsión de un lugar o de un territorio, hace tiempo que ha desaparecido de nuestro Derecho Penal.


Antiguamente era una pena muy común y, por lo general, se utilizaba como la pena inmediatamente inferior en gravedad a la pena de muerte. Normal era, pues, que el incumplimiento o el quebrantamiento de la pena de destierro se sancionara con la muerte.

Al parecer, algunas personas en la localidad salteña de Las Lajitas, con la siempre efectiva complicidad del diario El Tribuno, pretenden que la pena de destierro vuelva a ocupar un lugar importante entre nuestros castigos penales, y quizá también que vuelvan, a gusto del consumidor, otras penas de antaño como la muerte, la mutilación, el presidio, los azotes, la infamia, las penas pecuniarias, o, como en el caso de la sharia islámica, la pública lapidación.

El caso de los indignados de Las Lajitas es bastante peculiar, pues se reclama la pena de destierro, no para los violadores (que están ahora mismo presos) sino para sus familiares, que al parecer no están acusados de nada, ni sometidos a proceso penal, y por tanto se encuentran en libertad. Simplemente no los quieren en el pueblo, son indeseables.

El inconveniente de esta solución final es que ningún juez de la Provincia -así como tampoco ningún Intendente Municipal- está facultado por la ley para expulsar de un pueblo a nadie. No son árbitros de fútbol que sacan la tarjeta roja al primer foul.

No se puede desterrar a los condenados (que se suponen que serán aislados de la sociedad mediante su reclusión en una cárcel), pero mucho menos obligar a dejar un pueblo a los que no tienen condena ni están acusados de crimen alguno; es decir, a los que solamente se quiere mantener lejos porque son parientes de los otros y probablemente tan indecentes como ellos.

Personas indignadas (razonablemente indignadas, pero no por ello menos confundidas acerca de los alcances del derecho punitivo) claman con un megáfono la expulsión de los indeseables. Pero su verdadero megáfono es El Tribuno, que se ha plegado, con el rigor jurídico del que suele hacer gala cada tanto, a esta insólita pretensión de extrañamiento, que nos hace sentir como si hubiésemos regresado 150 años en el tiempo.

Ni los megafonistas residentes ni los otros han dicho a dónde se deberá expulsar a los indeseables, ni quién habría de recibirlos. Tampoco han dicho qué van a hacer con sus propiedades en el pueblo, en caso de que las tuvieran. ¿Pretenderán echarlos a la frontera y allí que se arreglen? ¿Se podrá hacer una cosa como esa sin avisar al país extranjero?

El asunto es muy claro. Un delito como la violación merece ser castigado con todo el rigor que prevén las leyes, sin contemplaciones. No hay ni puede haber beneficios procesales para quien o quienes cometen un delito de esta naturaleza.

Ahora bien, por encima de la indignación que producen estos hechos está la ley, que existe para que los ciudadanos y los magistrados la cumplan y no para que un juez o un grupo de indignados impongan penas que no están contempladas en nuestro sistema penal y que además se apliquen a personas que no están sometidas a proceso, por razones puramente sociales.