La Corte de Salta adopta un manual de estilo centrado obsesivamente en el género

  • El manual adoptado por el Poder Judicial salteño prescinde de importantes cuestiones relacionadas con el empeño de desterrar los malos usos y las equivocaciones corrientes del lenguaje judicial y focaliza sobre las necesidades de ciertas feministas, que creen aún en el poder mágico y sanador de las palabras.
  • El lenguaje correcto solo es la 'perspectiva de género'

El pasado mes de enero, el Consejo General del Poder Judicial español, publicó el llamado Libro de estilo de la Justicia, nacido de un acuerdo suscrito en el año 2014 entre el órgano de gobierno de los jueces y la Real Academia Española.


Tras años de trabajo, precedido por la aparición del Diccionario del español jurídico (abril de 2016), el libro de estilo está dedicado a intentar corregir lo que los especialistas del lenguaje consideran malos usos y equivocaciones corrientes en la organización de los párrafos, la utilización del género, del número, los latinismos o el régimen de las concordancias, a la vez que se alerta sobre los errores de construcción o anacolutos.

Si bien se hace hincapié en la aplicación de las reglas generales, en la obra se considera especialmente sus aplicaciones y particularidades propias del lenguaje jurídico.

Dice el CGPJ que en el libro de estilo están tratados los problemas semánticos, de significado y sentido; recordadas las reglas de acentuación gráfica, las concernientes a la unión y separación de palabras, el uso de la puntuación y de las mayúsculas, y la ortografía de las expresiones numéricas, entre otras muchas cuestiones que incluyen la ortotipografía, y el tratamiento de un amplio vocabulario, con información normativa sobre el uso correcto de las palabras.

¿Qué ocurre en Salta?

La Corte de Justicia de Salta, empeñada desde hace tiempo en mejorar el lenguaje que utilizan los operadores judiciales, lejos de seguir este modelo, ha adoptado una Guía de Estilo, de la que solo puede presumir sus prescripciones normativas en materia de lenguaje de género, según una comunicación oficial conocida hoy y que da cuenta de la aprobación, por acuerdo de jueces, de la mencionada guía.

Tal como si el del género fuese el único problema del lenguaje como vehículo de comunicación y de declaración de los derechos, la nueva guía se aplica -dice la aludida comunicación- a «todas las modalidades de comunicación del Poder Judicial, externas o internas, actos protocolares, textos judiciales, institucionales y administrativos». Según subraya la propia Corte, el propósito que persiguen sus normas de estilo no es «fijar, limpiar y dar esplendor», sino emplear un lenguaje «no sexista y más igualitario».

También recuerda la comunicación oficial que la Corte dictó «varias acordadas» (la cantidad es un dato que obsesiona desde antiguo a los jueces salteños) «promoviendo la incorporación de la perspectiva de género».

Lo curioso es que el alto tribunal salteño justifica esta incorporación y esta perspectiva en el cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el Estado argentino sobre la materia, olvidando que -antes que el lenguaje de las comunicaciones y resoluciones judiciales- los jueces están obligados a cumplir con otras obligaciones internacionales un poco más importantes que las normas de la UNESCO, como el respeto y la garantía de los Derechos Humanos. Recordemos todos el penoso caso de Santos Clemente Vera.

Puntos salientes de la 'guía'

El primer punto de la guía de estilo -dice la comunicación de la Corte- establece el deber de “evitar el uso del masculino como genérico universal”. El ya clásico hombres no del discurso feminista menos elaborado.

Añade la Corte que se debe “utilizar el femenino de las profesiones y cargos, como asimismo de las diferentes formas de trabajo judicial (la empleada, la ordenanza, la conductora)”. Señala como «incorrecto» el término «los jueces» y dice que el uso correcto es «los jueces y las juezas», puesto que desde 1992 el Diccionario de la RAE incluye la voz «jueza». Toda una paradoja, al menos para un país como España que sigue llamando con total desenfado «señora juez» a las mujeres que ejercen la potestad jurisdiccional.

Como no podía ser de otro modo, la guía salteña establece que los poderes públicos (se incluye al poder administrador) deben dirigirse «a los habitantes» con fórmulas que engloben a ambos géneros.

Y todavía más: Cuando el sustantivo mantiene una misma forma para ambos géneros, se ha de suprimir el artículo (hasta el artículo resulta insultante en estos casos) y se deberá optar por el uso de determinantes o pronombres sin marca de género y se reemplazará la referencia al sujeto por el uso del infinitivo, el imperativo o impersonal “se”.

Esto es, en definitiva, lo que la Corte llama «lenguaje inclusivo». No es inclusión para la Corte, por ejemplo, que los jueces (y las juezas) traten a las mujeres con equidad, sin discriminación, con sujeción a la Ley y que se aseguren sus derechos, con prioridad respecto de cualquier trato lingüístico.

Lo que la nueva guía asegura es que los señores jueces y las señoras juezas (especialmente los que -y las que- integran la Corte de Justicia) seguirán postergando a la mujer e introduciendo enojosas distinciones entre ciudadanos formalmente iguales ante la ley, pero que para ello utilizarán palabras bonitas -quizá algo rebuscadas- pero que indudablemente encajan mejor con aquel lenguaje que las feministas más atrasadas desean oír, o leer.

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