
La resolución judicial, fechada el pasado día 18 de diciembre, no solo emplaza a los fiscales Gustavo Torres Rubelt y Ana Inés Salinas Odorisio a que «la información que emane del Ministerio Público en la presente causa se ajuste estrictamente a la normativa del Art. 263 del C.P.P.» sino que también convierte en destinatario de la misma advertencia al Procurador General de la Provincia de Salta, Abel Cornejo Castellanos.
El juez Martínez resuelve así el pedido efectuado en tal sentido por el abogado Pedro Javier Arancibia, defensor del imputado Nicolás Cajal Gauffin, a quien provisionalmente se reprocha un delito de encubrimiento agravado.
Según Arancibia, la resolución del Juez de Garantías se dirige también al Procurador General, Abel Cornejo, «por ser el responsable tanto de los fiscales penales como de la información que se publica en la página web www.fiscalespenalesalta.gob.ar».
En efecto, desde el pasado mes de junio el aparato oficial de comunicación pública del Ministerio Público Fiscal de Salta viene publicando informaciones sesgadas e hipótesis no contrastadas sobre la probable autoría material o intelectual del asesinato de Jimena Salas, con la inocultable intención de crear en la opinión pública un clima de hostilidad hacia el exmarido de la víctima, mucho antes de que se produzca la conclusión del sumario y su elevación a juicio.
Si bien las elucubraciones mediáticas tienen apariencia de estar conectadas con la investigación que llevan a cabo Torres Rubelt y Salinas Odorisio, todo indica que la maniobra en perjuicio de Cajal Gauffin y de su derecho de defensa se diseña y ejecuta desde otras oficinas del mismo Ministerio Público Fiscal que son bastante bien conocidas.
Arancibia se ha mostrado conforme con la decisión de Martínez pues considera que «pone freno al atropello que implica realizar apreciaciones anticipadas de culpabilidad, que son ilegales e inconstitucionales».
Según el letrado, que sigue de cerca la investigación desde su apertura (es decir, aun antes de que Cajal Gauffin fuese imputado), «manipular la información dando noticias falsas e incompletas confunde a la sociedad, genera expectativas irreales y vulnera el constitucional principio de inocencia de cualquier ciudadano».
El abogado cree que estamos en presencia de una «acusación excesiva» en una «etapa inadecuada», que provoca injustamente a su defendido -y lo haría con cualquier otro imputado en idénticas circunstancias- «un reproche social y mediático irreversible».
«Lamentablemente», concluye Arancibia, «la publicación de noticias falsas y malintencionadas es una práctica sistemática de los últimos seis meses por parte del Ministerio Público Fiscal y que debe ser sancionada judicialmente». Si esta práctica desviada se generaliza y transforma en costumbre, «se estará produciendo un enorme daño a las instituciones públicas, las garantías constitucionales y los derechos humanos fundamentales».