El directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte ha aprobado las limitaciones al acceso al boleto gratuito estudiantil solicitado por SAETA S.A. La normativa vigente establece que el beneficio del boleto gratuito estudiantil se otorga por el plazo que dure la carrera, de acuerdo al correspondiente plan de estudios, con un año más de gracia. Este requisito es independiente del referido a la aprobación de las dos materias anuales.
Según el parte de prensa oficial, este requisito se ha fijado con el objetivo de "garantizar el uso razonable y adecuado de las gratuidades".
El beneficio del boleto gratuito contempla las siguientes restricciones:
- Estudiantes de formación profesional, educación no formal y estudiantes universitarios con modalidad no presencial: 2 pases por día.
- Estudiantes de los niveles inicial, primario, secundario, terciario y universitario: 80 pases mensuales.
Asimismo, en relación a las gratuidades otorgadas a los estudiantes de nivel terciario y universitario se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos académicos:
a- No contar con título terciario o universitario.
b- Contar con dos materias aprobadas por año, considerando para acceder al beneficio el año anterior a la solicitud del mismo.
c- En cuanto a los alumnos ingresantes, quienes no cuenten con materias aprobadas, la gratuidad será otorgada con la preinscripción, pero con vigencia al 31 de julio de cada año, momento a partir del cual se deberá ratificar la inscripción.
Finalmente, la resolución establece que, en caso de suscitarse controversias entre la empresa y los usuarios con motivo de la aplicación de la norma, la misma será resuelta por la Autoridad Metropolitana de Transporte.