La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Salta ha confirmado la sanción impuesta a la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. por la Secretaría de Defensa del Consumidor del gobierno provincial. La empresa había sido sancionada con dos multas por un total de 35.000 pesos por el incumplimiento de acuerdos conciliatorios e irregularidades cometidas con la información al cliente.
La titular de la Secretaría de Defensa del Consumidor, Alejandra Chuchuy Juárez, informó que el expediente del primer caso se inició con la denuncia de un consumidor que reclamaba a Telecom Personal el mal servicio de Internet móvil. Además, solicitaba el reintegro de los montos abonados por el tiempo en que no se prestó el servicio y la baja del módem personal.
Presentada la denuncia en el organismo, la empresa de telefonía acordó con el usuario dejar saldo cero, dar de baja el servicio de Internet móvil sin cargo, bonificar los cargos de manera anticipada y otorgar la bonificación de 250 pesos en la línea del denunciante.
Pasados los plazos acordados, el cliente informó a la Secretaría de Defensa del Consumidor que la empresa Personal no había respetado el acuerdo y que, en cambio, Telecom lo había notificado de un ofrecimiento para rehabilitar el servicio suspendido por la existencia de una supuesta deuda. En este caso, el monto de la multa fue de 15.000 pesos.
El expediente del segundo caso se inició con la denuncia de un consumidor que adquirió un plan empresa con nueve líneas para su familia y que la firma modificó sin su consentimiento el límite de consumo de 1.000 pesos a 3.000, lo que le provocó que en la factura figurara el cobro de 5.149 pesos, lo que fue desconocido e impugnado por el usuario.
El cliente denunció también que Telecom le dio información errónea, ya que en algunas facturas figuran nueve líneas y en otras diez, cuando sólo había solicitado ocho líneas. Según aseguró, le impusieron diez líneas como “bolsa de minutos”, sin que le hayan explicado en qué consistía.
En la denuncia, informó que la adquisición de las líneas bajo el plan empresa fue por recomendación de Telecom, a los fines de disminuir costos y el consumo de su grupo familiar, para lo cual la propia empresa le requirió documentación, sin informarle que el producto recomendado dejaba de ser un consumidor final, a pesar de haber reiterado que las líneas eran para el grupo familiar.
En la audiencia de conciliación, Telecom planteó la incompetencia de Defensa del Consumidor, aduciendo que la línea objeto de reclamo pertenecía a un plan empresa y no revestía el denunciante el carácter de consumidor final.
Chuchuy Juárez indicó que “no se puede considerar que el denunciante deja de ser consumidor por poseer varias líneas, cuando es la propia empresa quien le sugiere dicho plan con el fin de disminuir costo y el consumo de su grupo familiar”.
“No se brindó al consumidor la información cierta, detallada y veraz sobre la modificación que se realizó de su plan ni cumplió con los términos, modalidades, condiciones y reservas ofertados al contratar el servicio ofrecido”, agregó.
En este caso, Defensa del Consumidor aplicó a la empresa una multa de 20.000 pesos.