
El Ministerio de Salud Pública del gobierno de Salta, ante la pandemia de la COVID-19, no ha modificado el acceso a los métodos de anticoncepción ni a la interrupción legal del embarazo según las normas vigentes.
En ese sentido, el ministerio considera una urgencia de salud la provisión de los métodos de anticoncepción para prevenir embarazos no planificados. También recomienda la entrega en cantidad suficiente y, en el caso de los inyectables, con indicación de aplicación en fechas diferidas, para evitar la concurrencia a los servicios.
En cuanto a la prevención, la Supervisión de Salud Sexual y Procreación Responsable de la Subsecretaría de Medicina Social trabaja en consonancia con los objetivos de la Ley Nº 25.623 y en coordinación con la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva.
Desde el año 2018, en los departamentos de Salta Capital y de Orán se implementa el Plan Nacional de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia (ENIA). El objetivo general de este plan es disminuir el número de embarazos no intencionales en adolescentes, mediante acciones conjuntas entre los ministerios de Salud, Educación y Desarrollo Social. En Salta, Salud Pública interviene a través de las supervisiones de Salud Sexual y Procreación Responsable y Salud Integral del Adolescente.
En cuanto a los métodos de planificación familiar disponibles en el sistema público, la supervisora de Salud Sexual y Procreación Responsable, Mariángeles Gorini, ha explicado que “hay de corta y larga duración, y también se puede recurrir a los quirúrgicos o definitivos, como la ligadura de trompas en la mujer o la vasectomía en el varón”.
Entre los métodos de corta duración, se cuentan los hormonales periódicos por vía oral y el anticonceptivo hormonal de emergencia (AHE), que es el que se utiliza para evitar un embarazo ante una relación sexual no cuidada o en caso de abuso sexual.
La máxima efectividad de este método es dentro de las primeras 12 horas. Si bien se puede tomar hasta 5 días después de la relación, con el paso de las horas disminuye su efectividad, por lo que su uso debe ser lo antes posible.
También en los centros de salud se provee en forma gratuita preservativos de uso masculino, que además de evitar embarazos, previenen infecciones de transmisión sexual.
En cuanto a los métodos de larga duración, se dispone del implante subdérmico, cuya duración es de tres años; el dispositivo intrauterino (DIU) de cobre, que dura 10 años; y el dispositivo intrauterino con hormonas, que dura cinco años.
Estos métodos son de acceso gratuito y están disponibles en hospitales y centros de salud dependientes del Ministerio de Salud Pública, donde además se ofrece consejería previa en salud sexual integral, asesoramiento sobre los distintos métodos disponibles, en cuanto a ventajas y desventajas, para que los usuarios puedan elegir.
En materia de legislación, la ley nacional Nº 25.673 creó el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. Son objetivos de este programa: alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia; disminuir la morbimortalidad materno-infantil; prevenir embarazos no deseados; promover la salud sexual de los adolescentes; contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIH/sida y patologías genital y mamarias; garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable; potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
Con respecto a la provisión de métodos anticonceptivos, la ley establece que deben ser de carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos. “Todos los métodos anticonceptivos disponibles en la canasta de insumos cumplen con las características de reversibles, no abortivos y transitorios”, ha afirmado la supervisora de Salud Sexual y Procreación Responsable.
También se aplica la Ley Nº 26.130, de anticoncepción quirúrgica, que garantiza el acceso a estas prácticas desde los 16 años de edad, de acuerdo con el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que considera a las personas, desde esa edad, como adultas para tomar decisiones con respecto a su salud.
Otras leyes con las cuales se trabaja son las siguientes: Nº 26.485, de protección integral a las mujeres; Nº 26529, sobre derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud; Nº 26.473, de identidad de género de las personas.
Se trabaja también con el Código Penal de la Nación, que en su artículo 86, incisos 1 y 2 establece las causales para la interrupción legal del embarazo.
En el Centro de Salud Nº 63, ubicado en avenida Sarmiento 655, funcionaba, hasta antes de la pandemia de COVID-19, un consultorio de inclusión, donde se recibían las consultas de personas sobre diversidad sexual, en cuanto a asistencia médica, consejería y terapia de reemplazo hormonal en personas transgénero.
“En la actualidad, no hay atención presencial, pero las personas que hacen tratamiento poseen un carnet con el que pueden retirar las hormonas para su terapia de la farmacia del Centro de Salud, con normalidad”, ha explicado la responsable de este consultorio, María del Carmen Salvo.
La funcionaria ha expresado que “la consejería se está realizando a través de otras vías, como el teléfono y las redes sociales”.
La población puede acceder a información y asesoramiento sobre salud sexual integral y métodos de planificación familiar a través de la línea telefónica gratuita 0800 222 3444. Instagram: saludsexualydiversidad.salta Facebook: Dir Materno Infancia Salta. Teléfonos: (0387) 4213074/4213853/4211846.