La ministra Medrano impone ‘manu militari’ el secreto de Estado en el ámbito de la salud pública de Salta

  • Los medios de comunicación han dado a conocer esta mañana el texto del terrorífico memorándum que la Ministra de Salud Pública del gobierno provincial de Salta, señora Josefina Medrano de la Serna, ha firmado el pasado día 14 de enero y que ha dirigido a ‘todas las áreas’ de su ministerio.
  • Fantasmas del pasado

La primera violación a la tajante orden de la ministra Medrano se ha verificado con la difusión a los medios de comunicación del texto del propio memorándum, que parece haber sido redactado en algún sótano de la KGB y no en los despachos del gobierno democrático de la Provincia de Salta.


El documento, que registra pocos antecedentes en la historia administrativa de Salta posterior a la sanción de la ley nacional 27.275 a la que nuestra Provincia se encuentra adherida, define dos de los tres tipos de información comprendidos en el supersecreto ámbito objetivo de aplicación del fulminante memorándum.

El documento se refiere a lo que se denomina (1) «información confidencial», que distingue cuidadosamente del llamado (2) «material confidencial», pero al que el último párrafo del memo mezcla con (3) «cualquier información».

La triada es muy común en los acuerdos de confidencialidad de las grandes corporaciones, de donde parece haber sido copiado sin el más mínimo cuidado.

El régimen es idéntico para los tres tipos; es decir, se aplica a las tres categorías un tupido velo de secreto, cuyo eventual levantamiento traerá aparejado la calificación legal de «incumplimiento de las funciones», con todo lo que ello conlleva, incluso desde el punto de vista penal.

Para el Estado Mayor (y nunca mejor dicho) del Ministerio de Salud de Salta, tienen la consideración de «confidencial» todos los contratos, datos, notas, análisis, dictámenes, especificaciones, manuales, planes, técnicas, información contable, de recursos humanos, relevamientos, estadísticas, y toda información transmitida, exhibida o puesta en conocimiento de cada área de este Ministerio de Salud.

La enumeración, aunque exhaustiva, es simplemente una ayuda memoria, puesto que el texto del documento no deja dudas acerca de que absolutamente todo está comprendido al utilizar la socorrida expresión «sin limitación», que es más propia del lenguaje legal de los abogados norteamericanos y que probablemente haya sido empleada por el célebre Groucho Marx en la película Una noche en la ópera.

Según el memorándum, y por razones que solo conoce quien lo ha redactado, se califica arbitrariamente (esto es, sin soporte legal) de «confidencial», no solo la información que el propio ministerio produce o recoge a través de sus agentes, sino también aquella que han producido sujetos ajenos al propio ministerio y que «siendo relativa al Ministerio de Salud, llegue a conocimiento del personal de cada área». El blindaje que se ha intentado es, pues, total, ya que afecta no solo a otras áreas del gobierno sino también a ciudadanos y organizaciones privadas.

En párrafo separado se define lo que es «material confidencial», que se distingue de la categoría anterior por incluir solamente el «material tangible» que contenga la anterior «información confidencial». De este modo, quedan comprendidos en el candado ministerial no solo la información como bien inmaterial (tutelada en el primer párrafo), sino todo aquello que la soporta o puede soportarla: documentos escritos o impresos, papeles de trabajo, cintas, disquetes (si alguien todavía usa disquetes, que avise al Museo Antropológico, por favor), discos compactos y zips «que puedan ser leídos -ya sea directamente o a través de computadoras y/o cualquier tipo de dispositivos».

Un listillo, entre los empleados del ministerio, ha encontrado un loophole en la descripción del memo y le ha sacado al documento una foto de Whatsapp, aprovechando que este medio de comunicación no aparece en la enumeración.

Entre los numerosos e imperdonables errores jurídicos y políticos en que incurre este memo se puede señalar su grave desconocimiento del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno. El Ministerio de Salud no es el Ministerio Público Fiscal. El primero realiza actos de gobierno en sentido estricto; el segundo, si bien le encantaría, está impedido constitucionalmente de realizarlos.

El segundo error consiste en que el memo ignora que el artículo 8º de la ley 27.275 define, con carácter limitativo, las excepciones legales tasadas al estricto deber del gobierno de suministrar información pública a quien se lo solicite. Ninguno de los trece incisos del precepto prevé o da a entender que la información del Ministerio de Salud Pública deba ser reservada, secreta o confidencial por ningún motivo. Un memo no puede enmendarle la plana a una ley, por razones que son manifiestas y obvias.

Lo que interesa a los ciudadanos, al gobierno y especialmente a los pacientes, es que la confidencialidad se aplique a la información clínica y a la identidad de las personas que acuden al hospital público. Pero de ningún modo se puede establecer, y menos por una comunicación interna que ocupa el más bajo escalón normativo posible, la confidencialidad de todo el espectro documental de un ministerio del gobierno que, por definición y salvo el caso de los enfermos y personas necesitadas, debe hacer un esfuerzo singular por transparentar la gestión y no erigir obstáculos para que sus políticas puedan ser evaluadas por el resto de los ciudadanos.

En el peor de los casos, la Ministra de Salud debió enmarcar su decisión en los apartados h), i) y j) de la ley 27.275, que establece la reserva legal en casos de información protegida por el secreto profesional (que vincula estrechamente a los médicos del hospital público), de información que contenga datos personales y no pueda brindarse aplicando procedimientos de disociación, salvo que se cumpla con las condiciones de licitud previstas en la ley 25.326 de protección de datos personales y sus modificatorias, y de información que pueda ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona.

Una tarea bastante complicada le espera durante la jornada de hoy a la ministra Medrano, pues no solo tendrá que volver sobre sus pasos y, luego de descender a la racionalidad, proceder a dejar sin efecto el extravagante memo del 14 de enero, sino que tendrá que pedirle a quien lo ha redactado y lo ha puesto a su firma que se busque, a partir de mañana, un mejor lugar donde colocarse.

Tal vez Vladimir Putin esté necesitado de alguien con ese perfil para lidiar con los papeles del Kremlin.