La Municipalidad de Salta simplifica aún más el trámite de habilitaciones comerciales

  • Una norma de reciente sanción elimina varios requisitos, a fin de facilitar a los interesados la tramitación administrativa de la habilitación.

Según la información oficial de la comuna salteña, el decreto municipal 479/18, publicado el pasado 18 de mayo, ha modificado los requisitos que resultan exigibles para iniciar los trámites de habilitaciones comerciales.


La misma fuente aclara que las modificaciones más relevantes son las siguientes:

* Los comercios que realizan actividades de bajo impacto ambiental y sin afluencia masiva de público, sólo deben contar con matafuego de 5 kg ABC, certificado mediante la tarjeta de carga vigente.

* Los comercios que realizan actividades de mediano y alto impacto ambiental, y con afluencia masiva de público, deben presentar el certificado de Bomberos o, en su defecto, un informe técnico realizado por un profesional en seguridad e higiene.

* Para los locales de hasta 300 metros cuadrados, será necesario presentar sólo el plano de arquitectura o un croquis con informe eléctrico. Aquellos locales que superen los 150 metros cuadrados dispondrán de un plazo de dos años para presentar el plano o análisis de estructura.

* Se elimina el requisito de certificación de firmas ante escribano público en contratos de alquiler, comodatos o autorizaciones para uso.

A los fines de facilitar la implementación de estas modificaciones, la Subsecretaría de Habilitaciones mediante las resoluciones 02 y 03 del 2018, dispuso que los beneficios antes mencionados se aplicarán de manera retroactiva a los trámites iniciados con fecha anterior al decreto, colaborando de esta manera con todos aquellos contribuyentes que ya iniciaron el proceso de habilitación comercial.

El decreto resuelve también que en aquellos casos en los que la documentación proporcionada por el contribuyente venciera en el proceso administrativo de habilitaciones, se emitirá el correspondiente certificado habilitante. En estos casos, es obligación del contribuyente mantener la documentación vigente en su local a fin de ser presentada en las inspecciones futuras.

En el mismo sentido, no se solicitará en el futuro certificado de salud y manipulación de alimentos para aquellos emprendimientos que contemplen estas exigencias como requisito del trámite de habilitación. Sin embargo, esta documentación será de presentación obligatoria en caso de inspecciones de la Subsecretaría de Control Comercial.

La Municipalidad ha puesto a disposición de los interesados los perfiles en las redes sociales de la Subsecretaría de Habilitaciones en Facebook y Twitter (@shabilitaciones), así como la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o el teléfono (387)4160900 interno 1701.

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