La Corte convoca el sorteo para integrar el tribunal que resolverá la acción popular de inconstitucionalidad

  • Mediante una providencia de mero trámite fechada el pasado viernes 19 de marzo y notificada hoy a la parte demandante, la Corte de Justicia de Salta ha señalado para las 11 horas del próximo día viernes 26 de marzo el sorteo que decidirá cómo se integrará este tribunal, después de la recusación con causa formulada contra sus miembros habituales.
  • Reforma de la Constitución de Salta

Según la resolución, la Corte estará integrada por nueve jueces que serán elegidos por sorteo entre los actuales miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, la Cámara de Apelaciones del Trabajo y del Tribunal de Impugnación, que normalmente ejercen como tribunales de segunda instancia en los órdenes jurisdiccionales de lo civil, del trabajo y de lo penal, respectivamente.


La providencia es la primera que se ha dictado en el expediente CJS - 41250/20, en el que tramita la demanda de acción popular de inconstitucionalidad interpuesta contra la ley provincial 8239, que declara la necesidad de reformar la Constitución de Salta, y que fuera suscrito por el médico Edmundo Ariel Falú y el abogado Pedro Javier Arancibia.

La parte demandante ha recibido con satisfacción la resolución de la Corte y ha dicho que la esperaba, pero al mismo tiempo ha advertido que estará atenta a los nombres que surjan del sorteo, puesto que muchos de los jueces de segunda instancia han tenido activa participación y emitido opinión sobre el controvertido asunto de la (posteriormente desistida) acción popular de inconstitucionalidad que hace dos años llevó adelante la Asociación de Jueces de Salta para que, mediante una sentencia de la Corte, se dejara sin efecto el límite temporal de seis años para el desempeño del cargo de Juez de la Corte de Justicia, establecido en el artículo 156 de la Constitución de Salta.

Texto de la providencia

La resolución judicial de fecha 19 de marzo de 2021 dice lo siguiente:

«Por la presente NOTIFICO A UD., que en autos caratulados: FALU, EDMUNDO ARIEL - ACCION POPULAR DE INCONSTITUCIONALIDAD, CJS-41250/21 de esta Corte de Justicia, se dictó la siguiente providencia: Salta, 19 de marzo de 2021. No obstante haber sido recusado el suscripto, junto con las Juezas y los Jueces de esta Corte, corresponde proveer al estado de la causa por tratarse el presente de un decreto de mero trámite. En consecuencia, y a efectos de tramitar y resolver sobre las recusaciones con expresión de causa y, en su caso, sobre el principal, procédase a la integración del Tribunal con 9 (nueve) jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, de la Cámara de Apelaciones del Trabajo y del Tribunal de Impugnación (art. 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 5642 modificada por Ley Nº 8182), a cuyo fin practíquese sorteo por Secretaría de Corte de Actuación, el día 26 del corriente mes y año a horas 11:00. Notifíquese electrónicamente. Fdo. Dr. Guillermo Alberto Catalano, Presidente Corte de Justicia.

La presente cédula ha sido firmada digitalmente, por el señor Secretario de CORTE DE JUSTICIA, Dr. ALLENA, JUAN, según Ley 25.506, de Firma Digital.

QUEDA UD. LEGALMENTE NOTIFICADO.

SALTA, 19 de Marzo de 2021.»