La vida privada del Gobernador: ¿Dónde están los límites?

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Los personajes públicos, cualquiera sea el nivel de su exposición en los medios de comunicación, tienen derecho, como cualquiera, a llevar una vida privada razonablemente alejada del escrutinio público.

No por el hecho de que el personaje en cuestión haya cometido el grave error de compartir sus intimidades con los medios, los demás debemos sentirnos autorizados a pensar que el honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del afectado están a disposición de todo el mundo.

El derecho a la intimidad personal es objeto de una protección especial, que lo convierte en un derecho irrenunciable, inalienable e imprescriptible. De tal suerte que aun aquel que -por error, por malicia o por cálculo- haya cometido la torpeza de revelar parte de su intimidad a los medios de comunicación se encuentra protegido, y su renuncia a esta protección debe considerarse nula.

El Gobernador tiene derecho a llevar la vida familiar que le plazca, sin que nadie interfiera en sus decisiones. Aquí no hay ni democracia ni transparencia que valgan. Como cualquier persona que ejerce su libertad en el marco de las leyes que las regulan, el Gobernador puede hacer, deshacer o rehacer su vida familiar, sin limitaciones y, lo que es todavía más importante, sin dar explicaciones a personas ajenas a su núcleo familiar. Solo faltaría que por ser el Gobernador quien es los demás tengamos derecho a señalarle, por ejemplo, cómo, cuándo o con quién casarse. El Gobernador no es un juguete en manos de los ciudadanos que lo han elegido.

Que el divorcio o el nuevo matrimonio del Gobernador genere comentarios políticos o, incluso, religiosos, es inevitable. Si el Gobernador o su entorno pretenden que sus decisiones familiares, soberanas como deben ser, no tengan ninguna repercusión institucional, quien comete un error es él y no sus críticos.

El matrimonio o la situación matrimonial de un Jefe de Estado (aun de uno republicano) es y ha sido siempre un asunto de indudable trascendencia institucional y de no poca importancia política. Aunque el Gobernador de Salta no es el Jefe de un Estado soberano, basta con tener en cuenta en este punto que tanto el Código de Derecho Canónico (canon 1405.1.1º) como la Instrucción Dignitas Connubii (artículo 8.1) establecen una excepción a las reglas ordinarias de los tribunales eclesiásticos, al reservar al conocimiento exclusivo del Papa las causas canónicas de nulidad matrimonial de aquellas personas que ejercen la suprema autoridad en un Estado.

Aunque en el caso del Gobernador de Salta no se produzca este desplazamiento de competencia jurisdiccional, no caben dudas de que su situación matrimonial despierta un interés público que trasciende largamente la esfera de las habladurías y que se interna claramente en el terreno institucional. No es malo, sino todo lo contrario, que los ciudadanos, cualesquiera sean su credo y su orientación ideológica, se interesen por estas cuestiones. El Gobernador no debería sentirse molesto sino, en cierto modo, halagado.

Otra cosa es que cierta prensa que se especializa en hacer picadillo la imagen de los personajes públicos intente penetrar en espacios reservados a la conciencia de las personas y que pronuncie condenas morales sumarísimas, tras practicar un examen superficial del pasado de una o de otra persona.

Entre lo permitido y deseable (las especulaciones sobre el impacto institucional de un divorcio o de un matromonio importante) y lo jurídicamente prohibido (una intromisión ilegítima en el derecho al honor o a la intimidad familiar) se intercala una amplísima franja que ocupan los comentarios inoportunos, inútiles o de mal gusto. Es lógico que el Gobernador o su futura esposa se sientan incómodos con ellos, por más que hayan sido ellos mismos quienes abrieran las puertas a los intrusos.

Un límite claro e infranqueable, por ejemplo, es la relación de la futura esposa del Gobernador con los hijos de su primer matrimonio, con su futura suegra o con su anterior cónyuge.

Bien es verdad que un acontecimiento de esta naturaleza se presta mucho mejor que otros para la frivolidad, y que no han sido pocas las ocasiones en que el componente frívolo ha sido aportado por el Gobernador y su novia. Pero llega un momento en que la frivolidad debe dejar paso a la reflexión institucional y a la empatía con un hombre y una mujer que, en los umbrales de la madurez, se han decidido a buscar la felicidad juntos, aunque para ellos este anhelo se traduzca, en una mayoría de casos, en más frivolidad y más figuración. A los demás no nos cabe otra actitud que respetar tanto sus decisiones como sus deseos, siempre que ellos se circunscriban a la esfera personal y familiar.

Por último, así como es legítimo desear que al Gobernador no le acompañe el éxito en la política (el fracaso de su gobierno puede ser un elemento positivo tanto para el Estado como para la sociedad), sería de una crueldad mayúscula desear que le vaya mal en su matrimonio o que no sea feliz. Actitudes extremas como esta solo sirven para poner de relieve el atraso de la sociedad, el carácter cainita de sus individuos y su ilimitada capacidad para mezclar los odios personales con las censuras políticas y hacer de ambas cosas una sola.

El Gobernador de Salta acaba de cumplir 47 años. Está en la flor de la vida. No podrá, aunque se lo proponga, vivir permanentemente ligado a la política.

Llegará también para él ese fatídico momento en que los teléfonos dejan de sonar, ese instante en que descubrimos el cabal significado de la palabra «traición», cuando los jets ya no nos esperan a pie de pista, cuando los amigos escasean y las opiniones propias ya no son tenidas en cuenta.

Es el momento en el que todo hombre público honrado espera; el momento en el que adquiere su plenitud, en libertad, sin ataduras, sin lealtades debidas ni esperadas, sin otras compañías que la voz dulce, serena y armoniosa de quien, con los años, demuestra que nos quiere de verdad.