Un funcionario de Urtubey emite una orden ilegal que afecta al transporte público de Salta

  • Invocando su condición de ‘autoridad de aplicación’ de la ley nacional 24.240, el Secretario de Defensa del Consumidor del gobierno provincial de Salta, señor Carlos Morello, ha ordenado a la Autoridad Metropolitana del Transporte de Salta que se abstenga de obligar a descender de las unidades a los pasajeros que no dispongan de un título válido de transporte.
  • Abuso de autoridad

Pero mucho más extravagante e ilegal que esta curiosa orden son los fundamentos con los que el funcionario de Urtubey ha intentado justificar su intervención en el asunto:


“Soy autoridad de aplicación de una ley nacional, que es la de Defensa al Consumidor, que en su artículo ocho impone que los consumidores tienen derecho a un trato digno, que significa que en la relación de consumo el proveedor del servicio no ponga en una situación vergonzante, de aflicción y que genere temor, es decir que se respete la dignidad del consumidor. Cuando existe la posibilidad real de que el proveedor del servicio (Saeta) viole el derecho de dignidad que tienen los consumidores puedo, como autoridad de aplicación, emitir resoluciones obligando a la prestadora del servicio que se abstenga de colocar a los consumidores en esa situación vejatoria y vergonzante”, ha dicho, convencido, el señor Morello.

Pero hablamos de dos cosas muy diferentes entre sí. Ya que no es lo mismo que el Secretario de Defensa del Consumidor se arrogue el derecho de modificar a voluntad el contenido del contrato de transporte y obligue a las empresas a llevar a destino a cualquier pasajero, cualesquiera que sean sus condiciones, a que el mismo funcionario prohíba a una empresa pública que inflija un trato indigno, desconsiderado o humillante a un consumidor.

Desde el punto de vista estrictamente contractual, quien carece de un título de transporte válido no puede ser jamás considerado como «consumidor» del servicio público, sino en todo caso un intruso, o más técnicamente, un polizón.

Si nadie reacciona frente a esta arbitrariedad de marcado tinte populista, mañana mismo el señor Morello, o cualquiera que sustente sus mismos criterios morales y jurídicos, puede también ‘ordenar’ a los propietarios de supermercados que dejen salir tranquilamente por la puerta a aquellas personas que han llenado sus carros de alimentos pero que no están dispuestos a pagarlos, como corresponde.

Pasado mañana, los propietarios de las salas de cine deberán tolerar que los que se han colado se sienten en las mejores butacas y vean la película hasta el final, porque eso de sacarlos con el brazo torcido hasta la calle puede llegar a enfadar al inflexible señor Morello.

Desde luego, ninguna empresa de transporte puede dar un trato indigno o humillante, ni a un consumidor ni a nadie. El problema es de naturaleza técnica y está vinculado con el muy deficiente diseño del sistema de emisión de títulos, unido a un sistema muy antiguo de control de la validez de los mismos.

En una sociedad en la que impera el derecho de las personas a elegir con libertad los servicios que desea les sean prestados, nadie puede obligar a nadie a hacerse con una tarjeta personal e intransferible de transporte, como han pretendido hacer, sin éxito, en Salta. Cualquier usuario del transporte público puede pagar billetes a otras personas, con sus tarjetas o con cualquier otro medio de pago admisible. Lo que no se puede sostener es que la persona que paga el billete a otros esté obligada a viajar con ellos hasta el destino de estos, porque una cosa así atenta claramente contra su libertad de desplazamiento.

Lo razonable sería que aquella persona a la que un tercero le paga el boleto, pueda obtener (en una máquina automática o en un dispositivo parecido) un billete impreso que sirva como título válido de transporte y que pueda conservar hasta el final de su viaje, sea que quien le ha pagado el billete se apee antes o después. En Salta esta posibilidad no está contemplada, por lo que se producen problemas de esta naturaleza.

Pero la solución la tienen en sus manos las empresas de transporte y no el Secretario de Defensa del Consumidor, y menos uno como el señor Morello que parece vivir en un mundo de fantasía jurídica.

En cualquier país del mundo más o menos civilizado, el derecho a ser transportado nace cuando el consumidor se encuentra en posesión de un billete válido para el trayecto que se propone realizar. Sin la posesión de este billete (que puede ser gratuito) no hay derecho al transporte.

De allí que siempre que se viaje en un transporte público se ha de disponer de un billete válido desde el inicio hasta el final del viaje, que se debe cancelar en las máquinas a la entrada del transporte y enseñar a los empleados de la empresa si se lo solicitan durante el viaje.

En caso de que un pasajero no lleve un billete válido, lo razonable es que el responsable del transporte le invite a abonarlo en el acto o que le imponga una multa que dependerá del transporte que utilice.

Solo en casos extremos, el pasajero en cuestión deberá ser invitado a descender en la siguiente parada.

Pero para algo en apariencia tan sencillo como esto, las empresas de transporte de Salta carecen de personal propio y especializado, y deben recurrir a la Policía provincial, que no debería de ningún modo intervenir, a menos que la reticencia del pasajero a abandonar la unidad supusiera una cuestión de orden o de seguridad pública. Siempre hay que recordar que la falta de título válido para el transporte configura primero un incumplimiento contractual, y solo en determinados casos una falta administrativa. Jamás un delito penal que justifique la actuación directa de la Policía.

En suma, que la intervención de Morello en el asunto tiene unos marcados tintes demagógicos o populistas, y a la legua se ve que ninguno de los artículos de la ley nacional de defensa del consumidor le autoriza a relevar a una de las partes de un contrato del cumplimiento de sus obligaciones. Esto es sencillamente un abuso, además de ser una pésima interpretación de la ley.

En la medida en que la noticia se expanda y los usuarios habituales se enteren de que una autoridad provincial ha determinado que se puede viajar al lugar deseado sin tener un título de transporte válido y sin que las empresas puedan poner fin al viaje del forma anticipada, la cantidad de colados en los colectivos salteños aumentará exponencialmente; aumentará el nivel de insatisfacción y de agravio que aquellos que pagan religiosamente su boleto y las pérdidas de la empresa pública Saeta (que soporta el erario y no el bolsillo del funcionario) serán cuantiosísimas. Un precio demasiado elevado para un arrebato de «buenismo» como el del señor Morello.

Si el señor Morello considera que Saeta, o la empresa que fuese, no respeta su obligación de proporcionar un trato digno a sus consumidores, lo que debe hacer es abrirles un expediente administrativo sancionador, pero no darle órdenes para que transporten o dejen de transportar a nadie. Medidas como esta solo ponen de relieve el talante autoritario de la persona que las adopta.