
La Municipalidad de Salta ha dispuesto extender el régimen de regularización de débitos fiscales, llamado de «sinceramiento fiscal», hasta el próximo día 31 de marzo de 2018.
Según la información oficial, dicho régimen ofrece beneficios para quienes se adhieran y normalicen su situación fiscal ante el Municipio.
Se pueden regularizar metros cuadrados construidos no declarados; es decir, edificaciones, construcciones, mejoras, ampliaciones y modificaciones edilicias de todo tipo; automotores no inscritos regularmente, fondos de comercio, negocios o actividades comerciales no declaradas y cartelería, entre otras actividades.
La Municipalidad de Salta recuerda que a través de la ordenanza 15240, la ciudad ha adherido al régimen de sinceramiento fiscal establecido en el Libro II, Título I, denominado “Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior”, con los alcances y efectos establecidos en la ley nacional 27260.
Asimismo se ha informado que mediante resolución 003/17 se ha dispuesto que las tasas de inspección eléctrica y mecánica previstas en el artículo 86° de la ordenanza 15210 se encuentran alcanzadas por la norma de adhesión al sinceramiento.
Tasa Especial
Aquellos que efectúen la declaración voluntaria y excepcional pagarán una tasa especial, por única vez, cuya recaudación destinará a atender el servicio de verificación de los datos declarados por los contribuyentes. Las bases imponibles y los tipos impositivos de la tasa especial serán las siguientes:a) Mejoras edilicias: se valuarán a valor de plaza, conforme lo establece la reglamentación y cumpliendo lo establecido por el código de edificación y planificación urbana. El tipo impositivo será del 1%.
b) Fondos de comercio, negocios, demás locales previstos por el art. 111 del Código Tributario Municipal, como también la cartelería, se valuarán a valor de plaza, conforme lo determine la reglamentación. El tipo impositivo será del 0,5% sobre la base imponible que se exteriorice.
c) Los vehículos automotores se valuarán conforme a la normativa vigente en la materia, y el tipo impositivo será del 0,5%.
Reglamentación y declaración voluntaria
El decreto reglamentario de la ordenanza y el anexo de la resolución conjunta de ARMSa y la Subsecretaría de Obras Privadas establecen que la valuación a valor de plaza de las edificaciones, construcciones, mejoras y ampliaciones edilicias deberá surgir de una constancia emitida por un corredor inmobiliario matriculado.A los fines de pagar la tasa especial, prevista en el artículo 5 de la ordenanza, los contribuyentes y responsables podrán formular un plan excepcional de pago, con reducciones de intereses que van desde el 100% para quienes abonen al contado, y de entre el 80% y hasta el 30% de descuento para quienes elijan un plan de pagos aplazados.
Liquidación de la tasa especial. Pago de contado
Se podrá abonar al contado o en cuotas. Pago al contado del 100% de la tasa (efectivo y/o tarjeta de crédito). Quita al importe de la tasa, según fecha de acogimiento. Hasta el 31 de diciembre de 2017 la reducción será del 20%; desde el 1 de enero al 28 de febrero de 2018 la reducción será del 15%. Desde el 1 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2018, la reducción será del 10%.Cómo adherir
Para el caso de edificaciones, construcciones, mejoras, ampliaciones y modificaciones edilicias y para cartelería que necesite aprobación de la Subsecretaría de Obras Privadas, la oficina receptora será la mesa de entradas de la citada Subsecretaría. Se deberá completar un formulario de adhesión-declaración voluntaria, (que se retira en la Subsecretaría de Obras Privadas), más cédula parcelaria y plano.Luego, toda esta documentación es remitida a la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial de ARMSa, para la instrucción del expediente. Tras cargar las bases imponibles en el módulo sinceramiento, el área legal y técnica determina tasa especial y emite documento de pago o plan de pagos aplazados.
Con respecto a los fondos de comercios, negocios o actividades comerciales no declaradas, la oficina receptora será la Gerencia de TISSH. Se deberá completar un formulario de adhesión-declaración voluntaria, más la documentación pertinente, lo que será remitido a la Gerencia General de Información para su tramitación y posterior emisión del documento de pago, como en caso anterior.
Los contribuyentes interesados en recibir asesoramiento para completar los trámites pueden acercarse a la Agencia de Recaudación, sita en la avenida Paraguay 1240.