Solo se puede malversar el dinero público, señora

La expresidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, ha acusado a la diputada nacional Margarita Stolbizer de «malversar» (sic) «los fueros que la Constitución le otorga para cumplir un rol parlamentario».

Así se desprende de un post publicado por la exmandataria en la red social Facebook, reproducido en Twitter.

El error es triple. Lingüístico, conceptual y psicológico.

Al utilizar la palabra «malversar», la señora Kirchner comete lo que en psicoanálisis se conoce como «acto fallido» o «desliz freudiano» que consiste en utilizar una expresión diferente, e incluso contraria, a la intención consciente del sujeto.

Según el Diccionario de la RAE el verbo «malversar» designa la acción de «apropiarse o destinar los caudales públicos a un uso ajeno a su función». Es decir, se aplica a los caudales públicos, pero no a los privilegios de que gozan los parlamentarios.

El verbo correcto sería desvirtuar, que significa «alterar la verdadera naturaleza de algo». Una expresión verbal apropiada sería hacer un uso desviado de.

Quien está sospechada de haber malversado (caudales públicos) es la señora Kirchner y no -que se sepa- la señora Stolbizer. Con lo cual no cabe sino pensar que el verbo salió desde las oscuridades más inconscientes de la expresidente en donde, al parecer, la palabra cobra una insistencia y un significado mucho más fuerte del que se supone.

Por otro lado, la libertad de expresión reforzada de que disfrutan los integrantes de las cámaras del Congreso Nacional no es un 'fuero'. De hecho, no existen fueros parlamentarios como tal en la Argentina, un país en donde los legisladores están sometidos a los jueces ordinarios, previo allanamiento de su inmunidad por decisión de la cámara a la que pertenecen.

Los legisladores argentinos estarían «aforados», si la Constitución previera que su enjuiciamiento fuese llevado a cabo por tribunales diferentes (superiores o especiales), distintos a aquellos a los que están sujetos los ciudadanos comunes. Y eso en la Argentina eso no ocurre.

Nada impide, pues, que la expresidenta proceda contra la señora Stolbizer por la vía judicial si cree que ésta la ha injuriado o calumniado. Son los jueces y no la señora Kirchner quienes deben decidir si la diputada ha excedido o no el marco razonable de la libertad de expresión reforzada o si ha utilizado los privilegios parlamentarios como una especie de escudo para lesionar el honor y la propia imagen de la anterior Jefa del Estado.

Mientras ello no ocurra, por razones jurídicas y políticas que son bastante fácil de comprender, las expresiones de la diputada Stolbizer deben considerarse ajustadas a las normas y usos parlamentarios, aunque no se coincida con ellas.

Por último, no conviene pasar por alto el error que supone pensar (y más todavía decir) que los privilegios parlamentarios (los «fueros», en terminología de la señora Kirchner) existen «para desempeñar un rol parlamentario».

Cualquier privilegio de esta naturaleza solo tiene por objeto y razón de existir la necesidad de proteger la libertad, la independencia y la autonomía de las asambleas populares que instituye la Constitución, nunca el desempeño de un legislador individual.

Se trata de un error difícilmente excusable en una persona que ha sido, como lo fue la expresidenta, durante tantos años senadora de la Nación.